Redacción AMCID, abr 26, 2022
SCJN declara inconstitucional al Panaut; usuarios de telefonía no deberán registrar sus datos biométricos
El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al discutir y aprobar la Acción de Inconstitucionalidad 82/2021 que proponía la invalidación del decreto del 2021.
El Panaut se consolidaba como un registro para recabar información sensible de los usuarios de telefonía e internet móviles, con el objetivo de crear un instrumento que colaboraría con las autoridades de seguridad y justicia en la persecución de delitos que implicaba que los usuarios para mantener activas sus líneas celulares, permitieran el registro de sus datos biométricos. Sin embargo, la SCJN declaró que los datos biométricos únicamente pueden ser obtenidos en casos excepcionales.
De esta manera al ser obligatorio el registro en el padrón, ministros de la corte se pronunciaron en contra de este registro dado que impacta fuertemente a los derechos humanos:
“El Panaut no es una medida legislativa necesaria en una sociedad democrática, pues no mantiene un equilibrio entre la necesidad de los datos y el derecho a la privacidad de las personas, además de no encontrar justificación (…) El Congreso debió llevar a cabo una evaluación de impacto en la protección de datos personales, lo cual no se cumplió y ello coloca a los derechos humanos en una situación de grave riesgo que no debe avalarse”, dijo la ministra Norma Lucía Piña Hernández.
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